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Urgentes 1999
 


Vecinos de Tanti filmaron el ingreso de un camión cargado con ácido sulfúrico a la ex Mina de Uranio de Los gigantes en Córdoba.

FUNAM pidió a la Justicia Federal que investigue allí las actividades de la Comisión Nacional de Energía Atómica. CNEA ya desecó y rellenó cuatro diques. Ahora trabaja sobre el Lago Principal. Todos tienen sus fondos fuertemente contaminados con residuos radiactivos artificialmente concentrados y residuos químicos. Las tareas no fueron autorizadas por el Consejo Provincial del Ambiente. Funcionarios de CNEA habrían violado la Ley del Ambiente de Córdoba y la Ley Nacional de Residuos Peligrosos.
El Dr. Raúl Montenegro, Presidente de FUNAM, advirtió que si se rompen las membranas de estos ex-lagos "podrían liberarse al ambiente sus residuos radiactivos, entre ellos RADIO 226 y sus residuos químicos peligrosos".

Córdoba y Buenos Aires, mayo 5 de 1999. La Fundación para la defensa del ambiente (FUNAM) pidió a la Justicia Federal que investigue las operaciones de la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA) en el ex-Complejo Uranífero de Los Gigantes. La solicitud fue presentada por el Presidente de FUNAM, Dr. Raúl Montenegro, ante la Fiscalía del 3º Turno a cargo de la Dra. Graciela Filoñuk. De acuerdo a la información obtenida por FUNAM, funcionarios de la CNEA " que la Justicia debe identificar" habrían decidido el relleno "de por lo menos cuatro lagos que contenían aguas y sedimentos altamente contaminados con Radio 226, otros materiales radiactivos derivados de las actividades de concentración de uranio y residuos químicos peligrosos". Estas operaciones de desecación y relleno que se efectuaron a partir de 1990 continúan hoy en el lago principal.

El biólogo Raúl Montenegro señaló que FUNAM consultó a las autoridades provinciales y que estas le ratificaron que CNEA "nunca presentó Aviso de Proyecto como marca la Ley del Ambiente 7.343 y el Decreto 3.290 y que por lo tanto nunca tuvieron autorización del Consejo Provincial del Ambiente para desecar y rellenar estos lagos". FUNAM recordó que la mina "fue operada por la empresa Sanchez Granel Ingeniería S. A, contratista de CNEA" y que desde sus instalaciones, dedicadas a la concentración de uranio "se derramaron clandestinamente entre 1982 y 1989 miles de metros cúbicos de residuos ácidos y alcalinos hacia el río San Antonio.
Cuando se cerró la mina en 1989 quedaron activos los diques 1,2, 3 y 4 (actualmente rellenos con material sólido) y el lago principal que hoy están intentando desecar y rellenar".

La organización ambientalista "Grupo por la vida"de Tanti, logró filmar el 15 de abril pasado, el ingreso a la ex-mina de un camión con ácido sulfúrico. También registró las operaciones de por lo menos dos retroexcavadoras en las inmediaciones del lago. Aunque se desconoce la finalidad dada al ácido, éste podría estar siendo volcado al lago. El Biológo Montenegro, de FUNAM, sostuvo que " tanto los lagos de los diques 1,2,3 y 4, hoy ya rellenos, como el principal, en proceso de desecamiento, contienen fondos altamente contaminados con Radio 226, un material radiactivo natural que se concentró artificialmente allí durante las operaciones de extracción de uranio. El Radio 226, que tiene una vida media de 1.602 años, emtie partículas Alfa y rayos Gamma. Como todo material radiactivo es ionizante y cancerígeno".

Montenegro dijo que la CNEA y sus funcionarios "actúan como si en Córdoba no existiesen leyes. No hicieron el Aviso de Proyecto que marca la Ley del Ambiente y su reglamento, no presentaron la evaluación de impacto ambiental y nunca tuvieron la autorización del Consejo Provincial del Ambiente para hacer lo que hicieron ni lo que están haciendo hoy. También estarían violando la Ley Nacional de Residuos Peligrosos, dado que el dique principal, además de materiales radiactivos, contiene igualmente residuos químicos. Esta piedra libre no puede continuar indefinidamente. Sobre todo cuando está en juego la salud de las personas, la cuenca del río San Antonio y las actividades turísticas del valle de Punilla". FUNAM pidió a la Fiscal de Turno que identifique a los responsables de estas actividades, y que si se comprueban los hechos denunciados, impute a los funcionarios de la CNEA por violación al Artículo 248 del Código Penal (incumplimiento de los deberes de funcionario público, abuso de autoridad).

Fuentes: FUNAM (Córdoba), mayo de 1999.



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