Ecotemas


¿Quiénes somos?
¿Cómo asociarse?
Campañas
Acciones y logros
Mesa de noticias
Denuncias
Eventos
Ecotemas
Inicio
Anterior

 

 

FUNAM es una Organización No Gubernamental (ONG) dedicada a unir personas 
e instituciones 
para un desarrollo sostenible.

 

La Fundación 
para la defensa 
del ambiente
(FUNAM) tiene status consultivo
ante el Consejo Económico y Social
de Naciones Unidas (ECOSOC).


FUNAM es 
Premio Global 500 de Naciones Unidas.

 

Estudio sobre el Impacto Ambiental y Sanitario de las Minas de Oro. El caso Cordón Esquel.

Por Dr. Raúl A. Montenegro, Biólogo (*)


1. Introducción.

Desde FUNAM y la Cátedra de Biología Evolutiva de la Universidad Nacional de Córdoba estuvimos analizando las características del emprendimiento minero “Cordón Esquel” que pretende llevar adelante la empresa canadiense Meridian Gold Inc. en la provincia del Chubut, y en base a ese análisis realizamos el presente informe. El mismo ha sido desarrollado en forma gratuita para los vecinos de la ciudad de Esquel. Las consideraciones aquí contenidas son responsabilidad exclusiva del autor y no comprometen a la Fundación para la defensa del ambiente (FUNAM) ni a la Cátedra de Biología Evolutiva Humana de la Universidad Nacional de Córdoba.

La compañía Meridian Gold Inc. tiene el 90% del paquete accionario de la compañía argentina “El Desquite S.A.” (19) (20). Su yacimiento, del tipo “diseminado”, cubre un área inicial de 2.500 metros de longitud por 500 metros de ancho situada en el extremo sur del Cordón Esquel, a unos pocos kilómetros de la ciudad del mismo nombre (1) (2) (15).

Se calcula que una vez en operación este emprendimiento removería, a cielo abierto, de 30.000 a 40.000 ton/día de rocas. El 10% de ese material sería molido hasta obtener fracciones de 70 micrones (3.000 ton). El oro se extraería tratando el mineral molido con cianuro de sodio disuelto en agua, a razón de 2,7 ton/día de cianuro (1). Durante la operación de la mina habría un importante y riesgoso transporte de sustancias peligrosas (3).

Vaughan considera que “en términos sociales y ambientales” la minería a cielo abierto es una de las actividades industriales de mayor impacto ambiental (11). Cada una de sus etapas (prospección y exploración de yacimientos, desarrollo y preparación de las minas, explotación y tratamiento de los minerales, y cierre) genera impactos ambientales específicos. Según Kussmaul el impacto ambiental provocado por cualquier actividad minera se relaciona con cuatro factores principales: (a) Tamaño de la explotación (superficie, profundidad, volumen de producción). (b) Localización (en ambientes naturales, productivos, urbanos o su combinación). (c) Métodos de explotación y (d) Características de los minerales y de su concentración en el yacimiento (12). 

Aunque el mayor impacto se registra durante la fase de explotación y tratamiento de minerales, también se generan impactos importantes durante la exploración. Estas son algunas de las actividades iniciales que producen efectos negativos sobre el ambiente: (a) Preparación de los caminos de acceso. (b) Mapeos topográficos y geológicos. (c) Montaje de campamentos e instalaciones auxiliares. (d) Trabajos geofísicos. (e) Investigaciones hidrogeológicas. (f) Apertura de zanjas y pozos de reconocimiento, y (g) Tomas de muestras (13).

Una de las actividades de mayor impacto ambiental es la minería de oro a cielo abierto que desarrollan grandes empresas en sitios delimitados (MCA-oro), y la minería de pequeña escala que practica un gran número de pequeños productores en depósitos superficiales dispersos (“garimpeiros”, ver abajo). En los últimos años se han multiplicado los yacimientos en explotación y la cantidad de oro producida. La producción pasó de unas 31 millones de onzas en 1980 a 44 millones en 1987 y continuó aumentando (14). 

La explotación de oro genera impactos sociales y ambientales de corto, mediano y largo plazo. Entre ellos: (a) Destrucción irreversible de ambientes nativos en el área de explotación, y afectación de ambientes naturales vecinos por traslado de agentes deletéreos. La mina de Cordón Esquel destruiría selvas frías pertenecientes a la Provincia Biogeográfica Subantártica. Esta deforestación haría desaparecer fragmentos únicos de ambiente con alta biodiversidad adaptados al frío y a metabolismos relativamente bajos. Daños masivos como los que producirá la mina reducen la superficie, el volumen y la densidad ecológica original de los bosques fríos, acrecentando los efectos del “Principio de Biogeografía de Islas de Wilson y Mac Arthur”. Cuanto más pequeños sean los ambientes nativos, mayor su pérdida de biodiversidad (17). (b) Alteraciones geomorfológicas de envergadura. (c) Distorsión de cuencas hídricas superficiales y subterráneas. La mina de Cordón Esquel consumiría inicialmente 18 litros por segundo de agua subterránea, luego la obtendría del tajo abierto y por último “en el caso de que hiciera falta” desde perforaciones ubicadas sobre la cuenca del arroyo Esquel Viejo. Este es uno de los afluentes de la laguna Esquel, situada a 28 kilómetros de la ciudad (1). (d) Merma en la regularidad hídrica y en la cantidad de agua disponible por año y por estación. Podrían desecarse la laguna Esquel (fuente de reproductores para la estación de resiembra de salmónidos de arroyo Baggilt) y varias vertientes actualmente bajo uso (1). (e) Contaminación del aire con partículas, gases y ruidos molestos. (f) Contaminación rutinaria y accidental del agua superficial y subterránea, del suelo y de la biota con residuos peligrosos. Habría contaminación por drenajes ácidos que al solubilizar metales pesados aumentarían su propia carga contaminante. (g) Accidentes durante el transporte de sustancias peligrosas. (h) Accidentes por derrames en el área de explotación. (i) Destrucción irreversible del paisaje y de la percepción ambiental del sitio afectado. (j) Generación de depósitos de residuos peligrosos cuyos contenidos se liberan durante plazos variables de tiempo pese al uso de geomembranas y de otros sistemas de contención, incluso décadas después de terminadas las operaciones. (k) Generación de procesos locales, regionales e incluso nacionales e internacionales de corrupción administrativa para justificar la radicación, el funcionamiento y hasta las características del cierre de las minas de oro. (l) Distorsión irreversible de la imagen de naturaleza poco intervenida que tienen los ambientes patagónicos. (m) Importantes cambios socio-culturales que no se mantienen en el tiempo (minería golondrina), y (n) “Punta de lanza” para las actividades mineras que pretenden instalarse una vez radicada la empresa pionera (1) (15) (17) (20) (21). 

Este último impacto es de considerable importancia. La mayoría de las grandes minas productoras de oro, o de oro y plata u otros metales preciosos, están financiadas y dirigidas por empresas extranjeras o multinacionales que abandonan la zona cuando termina la explotación rentable. Esta “minería golondrina” produce impactos de cateo, radicación y explotación, sincrónicos con la presencia de la empresa, e impactos demorados, muchos de ellos superiores al total producido durante la fase de explotación, que se generan cuando la mina ya está cerrada. Es usual que el Estado, y por consiguiente los contribuyentes, deban hacerse cargo de yacimientos cerrados o abandonados por empresas privadas.

En cualquier zona sin actividad minera donde son previsibles los efectos NIMB (“Not In My Backyard” = No en mi vecindario), las “empresas pioneras” o “empresas de punta de lanza” suelen emplear importantes recursos económicos y de otra naturaleza para obtener legal, o legal e ilegalmente, autorizaciones de localización. Cuando vencen las barreras comunitarias e institucionales cualquiera de sus actividades futuras se torna más fácil. Por ejemplo, un incremento en el área de explotación, o un cambio negativo en el uso de tecnologías de extracción de minerales. Las empresas pioneras abren además el ingreso para otras actividades mineras, ya que durante los tiempos de cateo primero, y de explotación luego, se generan actitudes de aceptación entre los sectores más beneficiados.    

 

Este material puede ser reproducido, citando el autor y la fuente. Se ruega remitir una copia de lo publicado a funam@funam.org.ar


FUNAM. Fundación para la defensa del ambiente. www.funam.org.ar
E-mail: funam@funam.org.ar