FUNAM
denunció que ingresaron 60 toneladas de
uranio a la planta de Dioxitek en Córdoba.-
El ingreso del uranio a la Provincia habría sido
ilegal.
El biólogo Raúl Montenegro denuncia el caso ante
la Justicia.
FUNAM indicó que para ingresar Uranio a la
provincia “Dioxitek y CNEA deberían haber
presentado un estudio de impacto ambiental y tener
la licencia ambiental del Gobierno Provincial y de
la Municipalidad de Córdoba. Todo indica que no
lo habrían hecho”. El Dr. Raúl Montenegro,
presidente de FUNAM, indico que este trámite “es
obligatorio e ineludible. Así lo establecen el
Decreto Provincial 2.131/2000 y la Ordenanza
Municipal 9.487/97.
El Biólogo Raúl Montenegro
pedirá a la Justicia que investigue el hecho: “necesitamos
saber si hubo ilícitos, y quienes son los
responsables de haber montado este traslado
secreto”. Montenegro agregó que estas 60
toneladas de Uranio “demuestran que Dioxitek
S.A. va a seguir operando y no piensa respetar los
plazos que le dio la Municipalidad de Córdoba
para trasladarse a otro sitio. Si hay más
operación habrá más riesgos”. La planta
descarga por año unos 100 kilogramos de Uranio a
la colectora cloacal.
Córdoba y Buenos Aires, febrero 25 de 2003.- La
Fundación para la defensa del ambiente (FUNAM)
denunció que durante un operativo prácticamente
secreto “ingresaron 60 toneladas de Uranio a la
provincia de Córdoba”. Los vehículos de
transporte circularon por rutas y localidades “cuyos
habitantes y autoridades desconocían la
peligrosidad de la carga”. Finalmente el
Diuranato de Amonio llegó a Dioxitek S.A ubicada
en barrio La Fraternidad de la ciudad de Córdoba.
“Esta empresa fabrica polvo de Dióxido
de Uranio en uno de los barrios más densamente
poblados de Córdoba”. El Dr. Raúl Montenegro,
presidente de FUNAM, sostuvo que el traslado de
Uranio por territorio provincial “no solo fue
secreto. Es muy posible que también haya sido
ilegal”. Agregó que Dioxitek S.A., CNEA y la
empresa transportista “habrían violado la ley
del Ambiente 7.343 y su Decreto Reglamentario
2.131/2000, y la Ordenanza Municipal 9.487/1997”.
Montenegro advirtió que por ley provincial “el
transporte de Uranio y de otros materiales
radiactivos debe ser sometido obligatoriamente a
evaluación de impacto ambiental para que la
Dirección de Ambiente lo analice. Puede ocurrir
que el gobierno le dé su visto bueno, en cuyo
caso otorga la correspondiente Licencia Ambiental,
o puede que lo rechace. Todo este procedimiento se
halla claramente descrito en el Decreto 2131 y en
el Inciso 5 de su primer anexo. Cualquier
operación de transporte de material radiactivo
debe presentar, previamente, un Estudio de Impacto
Ambiental. Algo que Dioxitek S.A. y CNEA no
habrían hecho”.
Montenegro agregó que en 1998 “Dioxitek y CNEA
estuvieron envueltas en el ingreso ilegal de 120
toneladas de Uranio a la provincia de Córdoba. En
esa oportunidad debimos hacer presión sobre el
Gobierno de Córdoba para que aplicara la
legislación vigente, algo que hizo a
regañadientes. Aunque los 350 tambores finalmente
ingresaron, demostramos que Dioxitek S.A., CNEA y
la empresa transportista habían violado la ley.
No presentaron estudio de impacto ambiental ni
tenían autorización para circular con una carga
tan peligrosa”.
El Biólogo Raúl Montenegro indicó que cuando el
ingreso “carece de autorización provincial toda
la operación es ilegal. No podemos aceptar que
pasen camiones cargados con 60 toneladas de uranio
por rutas, pueblos y ciudades cuyos habitantes y
autoridades lo ignoran. Es inaceptable. Por eso
decidimos presentar el caso a la Justicia Penal”.
Montenegro sostuvo que el nuevo
ingreso de Uranio “confirma que Dioxitek
seguirá operando pese al plazo de erradicación
que le fijó la Municipalidad de Córdoba. Esto
quiere decir que seguirán allí las 37.000
toneladas de residuos uraníferos y radiactivos
depositados desde hace años en el predio, sin
membrana que los separe de las aguas subterráneas“.
Agregó que esta nueva remesa “hará que la
planta de Alta Córdoba siga lanzando, por año,
unos 100 kilogramos de uranio a la colectora
cloacal, y más de un kilogramo de partículas de
uranio al aire”. La ubicación de la planta y de
las 37.000 toneladas de residuos radiactivos de
baja actividad en un barrio densamente poblado “es
una barbaridad solo posible en una provincia y en
un municipio donde los sucesivos gobiernos, de
todos los signos, no asumieron sus
responsabilidades”.
El Biólogo Raúl A. Montenegro recordó que el
Diuranato de Amonio “no es inofensivo”.
Agregó que tiene Uranio 238 y que este isótopo
“se transforma en otros radioisótopos, algunos
de ellos más peligrosos que su predecesor. Por
eso decimos que el Diuranato de Amonio es en
realidad un cocktail de radioisótopos. En
la naturaleza estaban dispersos, pero la actividad
humana los concentró”. Explicó que este cocktail
“emite partículas Alfa y Beta y rayos Gamma,
todos ionizantes y de riesgo para los seres vivos.
Es cierto que mientras haya una cierta distancia
entre el Uranio y el público su riesgo es menor.
Pero si el transporte se incendia o estalla, y eso
ocurre en una ruta o un pueblo, la contaminación
es inevitable”.
En el pedido de investigación penal que
presentará a la Justicia, el Biólogo Raúl
Montenegro dice lo siguiente:
“Es cierto, prosigue la presentación judicial
de FUNAM, que mientras haya una cierta distancia
entre el Uranio y el público expuesto su riesgo
es menor. Pero en caso de incendio o explosión
semejante “cocktail” podría ser
liberado al ambiente durante el transporte y las
operaciones de descarga. Esto podría haber
sucedido en alguna de las localidades por las
cuales circuló el Uranio, o en el barrio de Alta
Córdoba. Se debe tener en cuenta que no hay
ningún umbral de seguridad para la radiación
ionizante, solo límites convencionales que no
significan, en ningún caso, riesgo cero. Hasta
hace unos pocos años se creía que solo eran de
riesgo las altas dosis de radiación, pero hoy se
conoce que cualquier dosis es de riesgo, incluidas
las bajas dosis. A esto se lo denomina efecto
Petkau. Bajas dosis de radiación pueden afectar
el funcionamiento de la célula y de su membrana,
e incluso producir daños en el material genético
que pueden conducir, eventualmente, a la
generación de una célula cancerosa cuya
posterior reproducción (sin límites) genera un
cáncer”.
“Por
todas estas razones, sostiene Montenegro, los
cargamentos de Diuranato de Amonio (Uranio en
sentido amplio) deben ser considerados “de
riesgo” y no pueden hacerse sin autorización
provincial y de los municipios por donde pasan
(ver “Tipificación del delito”).
Para
una mayor información sobre el “efecto Petkau”
y las bajas dosis pueden ser consultados los
siguientes trabajos:
(1) Graeub, R. 1992. The “Petkau Effect”, FWEW Ed., New York,
231 p. (2) Gofman, J.W. 1981. “Radiation
and Human Health”, Sierra Club Books, S.
Francisco, 908 p. (3) Jones, R.R. y R.
Southwood (Ed.) 1987. “Radiation and Health.
The biological effects of low level exposures to
ionizing radiation”, J. Wiley & Sons Ed.,
New York, 292 p. (4) Montenegro, R.A. 1999. “Introducción
a la ecología urbana”. Ed. Universidad Nacional
del Comahue, Neuquén, 190 p.